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RUPDAE, ¿HAY LAPSO DE TIEMPO PARA INSCRIBIRSE?

Plazo de inscripción de RUPDAE

¿HAY ALGUN PLAZO?
¿VENCE EL 30 DE AGOSTO?
¿HABRÁN MULTAS?




En los ultimos dias hemos visto con procupacio  la expansion de un rumor creado por un fake news. En vista de ello creemos necesario aclarar algunas cosas. Aqui vamos.





El Decreto N° 2.092 de fecha 8 de noviembre de 2015, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana N° 6.202 Extraordinario de fecha 8 de noviembre de 2015, reimpreso en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.787 de fecha 12 de noviembre de 2015 en su capítulo III nos habla sobre el RUPDAE, REGISTRO ÚNICO DE PERSONAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES ECONÓMICAS, específicamente los articulos 18, 19 y 20. Veamos,


Sobre el Registro ante rupdae la norma establece que

...."Artículo 18. La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, tendrá un Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE), de carácter público y accesible a los particulares, pudiéndose establecer subcategorías dentro de dicho Registro.

Los registros que manejen información de esta naturaleza y funcionen en los Órganos y Entes del Estado, estarán coordinados por el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas, bajo la rectoría de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos." Desde 2015 cuando entra en vigencia la ley los sujetos de aplicacion debieron registrarse ante el Rupdae, todos los sujetos de aplicacion. Y ¿Quienes son los sujetos de aplicacion?

"Artículo 2°. Son sujetos de aplicación de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, así como de las normas y regulaciones de rango sublegal que se dictaren con base en él, las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades económicas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, incluidas las que se realizan a través de medios electrónicos.


Se exceptúan aquellos sujetos que, por la naturaleza propia de la actividad que ejerzan, se rijan por normativa legal especial, así como aquellos sujetos que, de manera expresa, sean excepcionados por el Presidente o la Presidenta de la República con ocasión de planes de desarrollo regional o tratados y convenios válidamente suscritos por la República."

En resumen todo aquel trabajador, emprendedor pequeño o gran empresario, sea venezolano o extranjero, cuya empresa tenga por sede nuestro pais.

¿Es obligatorio inscribirme?

Despues del Registro de Información Fiscal el Rupdae es el segundo tramite importarte pues es el que certifica que usted emprendedor o gran empresa esta generando una actividad economica que contribuye al desarrollo del pais. Con lo cual se hace el mapeo nacional territorial sobre las Actividades Económicas desarrolladas a lo largo y ancho del pais desde la Comuna hasta el Gran Pais.
En la ley establece que:

...."Artículo 19. Los sujetos de aplicación de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas.

La inscripción es requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país."...

Para el 2014 y antes de  la promulgación de la nueva ley del 2015  se establecio un tiempo prudente para que los sujetos de aplicacion se ajustaran a derecho,

Y cito
...
" Los sujetos tienen ciento ochenta (235) días continuos a partir del treinta y uno (31) de Marzo del 2014 (fecha en la cual entró en vigencia este sistema) para completar el proceso de inscripción ante la Superintendencia de Precios Justos. A saber la fecha límite para la inscripción será el día catorce (14) de Noviembre del año 2014. Este plazo ha sido ampliado del 20 de Septiembre al 14 de noviembre."
Fuente citada:
https://blog.elrif.com/2014/10/todo-sobre-rupdae.html?m=1

En la actualidad, NO EXISTE UN LAPSO DE TIEMPO PARA INSCRIBIRSE, desde el 3 de mayo de 2022 cuando se puso en marcha la nueva plataforma, se han inscrito mas de 20mil sujetos de aplicacion en la plataforma y de manera sostenida se ah venido dando repuesta a las solicitudes de certificación. Obviamente y como critica sana falta mas información al respecto ante los medios digitales y tradicionales, ya que la nueva plataforma es un desafio para aquellos que no hacen el registro desde 2014.

Asi que usted sr o sra que me lee no caiga en la desesperación ante una falsa información que esta corriendo en las redes sociales y la cual solo pretende causar zozobra entre los sujetos de aplicacion. Una expresión que viene de los laboratorios de mentiras de algun sector en particular.

En cuanto a las multas

El articulo 46 de la LOPJ de 2015
"Infracciones por incumplimiento de formalidades

Artículo 46. Serán sancionados con cierre de almacenes, depósitos o establecimientos por un plazo de cuarenta y ocho (48) horas o multa entre quinientas (500) y diez mil (10.000) Unidades Tributarias, quienes incurran en alguno de los siguientes incumplimientos:
....4. Incumplir la obligación de inscribirse o actualizarse en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas."

A sacar cuentas....

En resumen
1 el RUPDAE es un regisro obligatorio y todo sujeto de aplicacion debe mantenerse actualizado.
2 no hay un Lapso de Tiempo para realizar ese registro.
3 la imagen que esta corriendo por las redes sociales es un FakeNew.
4 todos deben registrarse en el nuevo portal http://www.sundde.gob.ve/?page_id=167
5 Si hay multas pero para quienes no se registren o actualicen. Entre 500 y 10000 Ut.

Victor Martinez
Abogado e Informatico

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